Viernes, 26 de abril de 2024 Edición diaria nº 6.230 Año: 18 Noticias: 45.909 Fotografías: 108.897 Comentarios de usuarios: 125.590
EL SEIS DOBLE
lunes, 27 de marzo de 2023
Clic en la foto para ampliar
Ver imágenes de esta noticia
1

 Acuerdo entre el Comité de Empresa del Departamento de Salud de la Ribera y la Conselleria de Sanidad

A consecuencia de la convocatoria de huelga de marzo de 2023



._000634

._000556

El comité de empresa del personal laboral a extinguir del Departamento de Salud de La Ribera convoca en fecha 6 de marzo de 2023 huelga, solicitando la mediación del  Tribunal de Arbitraje Laboral a consecuencia de dicha convocatoria.  
En el marco de la actuación mediadora del tribunal de arbitraje laboral a  consecuencia de la convocatoria de huelga de marzo de 2023, las partes alcanzan un  acuerdo mediante el que se desconvoca la huelga, y cuyo contenido es el siguiente:  

 

1. Régimen de jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones  

 

Se modifica el régimen de jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y  vacaciones aplicable, con la finalidad de alcanzar su equiparación con el propio del  personal estatutario de la conselleria, de acuerdo con las siguientes fases: 
1. Desde el 1 de enero de 2024: se aplicará la totalidad del régimen de jornada y  horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones recogido en el Decreto  137/2003, de 18 de julio, del Consell, en los términos vigentes en el momento  de la firma del presente acuerdo, y con vigencia indefinida, salvo en lo que se  refiere a la jornada ordinaria anual. La jornada ordinaria efectiva anual que todo  el personal deberá cumplir en el año 2024 será de 1.589 horas. Queda en todo  caso excluida de este cómputo la jornada complementaria, la cual se cumplirá,  adicionalmente a la ordinaria, de acuerdo con las previsiones contenidas en el  mencionado Decreto 137/2003.  
También se aplicará al personal que realice jornada complementaria el mismo  régimen de descansos y permisos en la prestación de dicha jornada que al  personal estatutario de la conselleria recogido en el Decreto 72/2001, de 2 de  abril, del Consell, por el que se regula la atención continuada en el ámbito de la  atención primaria, y en la Orden de 21 de enero de 1999, de la Conselleria de  Sanidad, por la que se regula el régimen de prestación de las guardias médicas  en el servicio de atención especializada y de los descansos del personal que las  realiza.  
2. Desde el 1 de enero de 2025: la jornada ordinaria efectiva anual que todo el  personal deberá cumplir en el año 2025 será de 1.554 horas.  
3. Desde el 1 de enero de 2026: la jornada ordinaria efectiva anual que todo el  personal deberá cumplir a partir de esta fecha, y de forma indefinida, será de  1.512 horas. 

 

2. Aplicación del plan de igualdad de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública  

 

A partir del 1 de enero de 2024, será de aplicación al personal laboral a extinguir  del departamento de salud de La Ribera el plan de igualdad de la Conselleria de Sanidad  Universal y Salud Pública. En consecuencia, se aplicarán a este personal las medidas  económicas derivadas de dicho plan de igualdad, dando el mismo trato que al personal  dependiente de la misma, con especial atención a resolver la merma retributiva que se  produce en la trabajadora laboral subrogada por motivo de embarazo, maternidad y  lactancia.  

 

3. Actualización de antigüedad y carrera/promoción profesional 
A partir del 1 de enero de 2025 se aplicará a los conceptos retributivos de  antigüedad y de carrera/promoción profesional la variación prevista en las leyes de  presupuestos para las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones  Públicas.  

 

4. Complemento en situaciones de incapacidad temporal  
A partir del 1 de enero de 2024, el complemento de la prestación en situación de  incapacidad temporal previsto en el artículo 36 del vigente convenio colectivo queda sin  efecto, aplicándose en su lugar el régimen de mejora de la prestación en situación de  incapacidad temporal por contingencias comunes, accidentes de trabajo o enfermedad  profesional propio del personal estatutario de la conselleria.  

 

5. Sistemas de incentivación retributiva  
El personal laboral subrogado que actualmente participa en el vigente sistema de  incentivos podrá optar, de forma voluntaria, por continuar participando en dicho sistema  de incentivos, o renunciar al mismo e incorporarse al sistema de incentivación retributiva  propio del personal estatutario de la conselleria, actualmente recogido en el Decreto  91/2021, de 2 de julio, del Consell. El sistema de incentivación recogido en el mencionado  Decreto 91/2021 incluye tanto el subsistema general o por logro de objetivos como el  subsistema de productividad por participación en programas o actividades concretas fuera  de la jornada ordinaria general. Una vez efectuada la opción, ésta tendrá carácter  irreversible.  
El personal laboral subrogado que actualmente no participa en el vigente sistema  de incentivos podrá participar en los programas o actividades concretas incluidos en el  mencionado subsistema del Decreto 91/2021, en las mismas condiciones que el personal  estatutario de la conselleria.
  
6. Complemento personal de garantía  
A partir de enero de 2024 se abordará la negociación de la aplicación de un  complemento personal de garantía cuando sea necesario, y que se aplicará a partir de  enero de 2025.  

 

7. Modificación sustancial de condiciones de trabajo 
Las consecuencias derivadas de la aplicación de las medidas recogidas en el  presente acuerdo no tendrán en ningún caso la consideración de modificación sustancial  de condiciones de trabajo impuesta por la Administración como empleador, ya que  derivan de un acuerdo de voluntades de ambas partes.  

 

8. Incorporación al convenio colectivo 
El contenido del presente acuerdo será incorporado al vigente IV Convenio  Colectivo de Ribera Salud, mediante la firma de un acuerdo colectivo de trabajo entre el  comité de empresa y la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, que vendrá a  modificar el vigente convenio. Las partes se comprometen a continuar las negociaciones  del nuevo convenio. 
Departamento de Salud de la Ribera
 
 
 

 

El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

Etiquetas de esta noticia

SocialSalud, Sanidad

Añadir un comentario

Pregunta de verificación


¿De qué color es el cielo? Azul, rojo o verde
 

Respuesta de verificación

 * Contesta aquí la respuesta a la pregunta arriba mencionada.

Autor

 * Es obligatorio cumplimentar esta casilla con un Nick o nombre real. No utilizar la palabra "Anónimo" o similares.

Email

 * La dirección no aparecerá públicamente pero debe ser válida. En caso contrario no se editará el comentario. Se comprobará la autenticidad del e-mail, aunque no se hará pública, siguiendo nuestra política de privacidad.

Comentario



Antes de enviar el comentario, el usuario reconoce haber leído nuestro aviso legal, observaciones y condiciones generales de uso de esta web.




*El comentario puede tardar en aparecer porque tiene que ser moderado por el administrador.

*Nos reservamos el derecho de no publicar o eliminar los comentarios que consideremos de mal gusto, ilícitos o contrarios a la buena fe; así como los que contengan contenidos de carácter racista, xenófobo, de apología al terrorismo o que atenten contra los derechos humanos.

*EL SEIS DOBLE no tiene por qué compartir la opinión del usuario.
El Seis Doble. Todos los derechos reservados. Aviso Legal