

No se puede cobrar ante los impagos los intereses de demora y, además, unas comisiones no justificadas por ningún servicio prestado
Recientemente se ha publicado la Sentencia nº 566 de 25 de octubre de 2019 dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en la que estimando una acción colectiva de una asociación de consumidores declara nula por abusiva la cláusula impuesta en un contrato hipotecario en la que se pacta cobrar comisiones de una cierta cantidad de dinero cuando no se atienda al pago puntual de una cuota del préstamo.
Por fin ha llegado hasta el alto tribunal esta cuestión que a modo de cuenta gota va pronunciándose frente a la práctica abusiva por falta de transparencia que los bancos y cajas de ahorro han llevado a cabo en todos estos últimos años.
El contenido de la doctrina contenida en esta Sentencia al tratarse en este caso de una acción colectiva y un préstamo hipotecario es aplicable, a mi juicio, a cualquier otro tipo de préstamo , incluidos los préstamos al consumo (compra vehículo por ejemplo o cualquier producto financiado).
Con ello se consigue una vez más situar a los consumidores al mismo nivel que los profesionales que deberán siempre dar una información previa, completa y adecuada a dichas clausulas y justificar el motivo de cobrarte una cantidad fija cada vez que tengas un retraso, además de los interés de demora sin haber llevado a cabo gestión alguna (ni siquiera llamada telefónica previa o mensaje al móvil).
Aconsejo que todo aquel consumidor que hayan padecido esta práctica se dirijan en primer lugar a los servicios de atención al cliente de su entidad bancaria o financiera y reclame la devolución de todas aquellas cantidades pagadas por este concepto adjuntando los cargos en su cuenta bancaria y en tres meses máximo han de tener una respuesta adecuada a su petición. En caso negativo y con esta Sentencia las vías de solución queda ahora mucho más claras.
Carles Aranda Mata
El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.
Comentarios de nuestros usuarios a esta noticia
Vamos a ver si de una vez por todas, les paran los pies a estos usureros. hace años iban locos buscando que se abrieran cuentas, incluso las primeras 1.000 pts, te las ingresaban ellos, de hecho mucha gente tenia cuentas " libreta de ahorro ", para sus hijos pequeños, y no se cobraba nada por ello, a partir de que hay que tener cuenta para domiciliar, luz, agua teléfono, etc, etc, ya te cobran hasta por ponerla al día, y no digamos si en el pago de un préstamo, te retrasas un solo día, te cobran el mes entero de demora, eso si de DEVOLVER ELLOS LO QUE SE LES DEJO, ochenta Kilos, nada de nada, y mucho menos si hablamos de intereses menos todavía, pero bueno, es lo que hay, y lo que los gobiernos que hemos tenido, han permitido.
La banca nunca pierde, si le hacemos pagar por cada una de las cosas que antes pagábamos, lo van a repercutir de otra forma. yo he llegado a la conclusión de que vale la pena que nos quedemos tal cual, que cualquier movimiento lo acabaremos pagando. Todo el problema esta en el saldo. Si tenemos un saldo en positivo con seis ceros, te tratan a gorrazos y no se les ocurre cobrarte por nada. si, en cambio, el saldo es paupérrimo,te cobran hasta los sellos de correos. Solución, tener siempre un saldo con seis ceros.
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