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EL SEIS DOBLE
miércoles, 1 de junio de 2016
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 Novedades tributarias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Información ofrecida por Sanchis & Peris Consultoría SL


 


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El pasado 6 de abril empezó la campaña de la renta. El plazo para poder presentar su declaración finalizará el día 30 junio. En caso de que la declaración de la renta sea a devolver o a ingresar  y se desee domiciliar el cobro, el plazo máximo para presentar la documentación finalizará el 25 de junio.

En cuanto a la forma de pago se puede optar por fraccionar el pago, consiste en dividir en dos partes el total a pagar, abonando en el  primer pago el  60%  a fecha 30 de junio y el segundo pago se hará efectivo  el  7 de noviembre.

La campaña de la renta 2015, será la primera que incluirá los cambios tributarios de la reforma fiscal aprobada por el gobierno. Por ello es importante conocer todas las novedades fiscales. A continuación resaltaremos algunos aspectos a tener en cuenta:

En el apartado de los rendimientos del trabajo, desaparece la reducción general de 2.652 euros, por obtención de rendimientos del trabajo. Se incorpora  un nuevo gasto deducible de 2.000 euros en concepto de otros gastos, este gasto se incrementará en otros 2.000 euros anuales, en el caso de contribuyentes desempleados e inscritos en una oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual y que exija el cambio de dicha residencia.

Se mantiene la reducción para los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 14.450 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros.En estos casos se aplicará tanto el gasto como la reducción. Para estos contribuyentes el importe de la reducción será:

Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 11.250 euros: 3.700 euros anuales.

Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 11.250 y 14.450 euros: 3.700 euros menos.

Para los planes de pensiones se ha reducido la cantidad límite que se puede aportar, pasando de 10.000 a 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad.

Otra de las novedades más destacadas es la deducción para familias numerosas o con dependientes, los hogares con tres hijos o más tendrán una deducción adicional de 1.200 euros al año, una cantidad que pueden percibir en un solo pago o de forma anticipada a razón de 100 euros al mes, tal y como cobran desde hace años las madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años (ayuda que también se mantiene).

Deducciones que se eliminan con la nueva reforma :

La deducción por alquiler de vivienda habitual (se establece un régimen transitorio para contratos formalizados antes de la reforma).

La deducción por cuotas de afiliación y demás aportaciones a partidos políticos.

La deducción por cuenta ahorro-empresa.

 

Para cualquier consulta o duda estamos a su disposición en

la Avda. Santos Patronos nº39 bajo (Alzira) o llamando al 962.012.046

 

 

 

 

Más información de Sanchis & Peris Consultoría 

   


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