Manolo Nebot: “Es fundamental que los consumidores conozcan sus derechos para poder reclamar en el caso de que exista alguna irregularidad en la campaña de rebajas”
Durante los meses de julio y agosto los comercios alzireños pueden ser objeto de inspección de rebajas por parte de la administración para controlar posibles irregularidades. Dado que en estas fechas se produce un considerable incremento en las compras de los consumidores, en parte atraídos por el reclamo que supone la venta de artículos a un precio más ventajoso que en condiciones normales, resulta necesario que la actividad inspectora de la administración proceda a efectuar un seguimiento de las ventas para garantizar al consumidor que el desarrollo se realiza conforme a la normativa vigente.
El concejal de Consumo, Manolo Nebot, ha explicado que “es fundamental que los consumidores conozcan sus derechos para poder reclamar en el caso de que exista alguna irregularidad en la campaña de rebajas. Aún así la Administración realiza inspecciones para comprobar que se cumple la normativa vigente y no se vulneran los derechos de los consumidores”.
La campaña de inspección de rebajas de verano pretende comprobar principios básicos como: que se anuncie la duración y las reglas especiales aplicables, que en todos los artículos conste el precio de temporada y el precio actual rebajado, y que los servicios no obligatorios por parte de los comerciantes, pero que los ofertan durante toda la temporada, se aplican igualmente en rebajas, salvo que se anuncie lo contrario en un cartel visible al usuario como por ejemplo el pago en tarjeta, aceptación de devoluciones y cambios.
Extracto de la Normativa
Son ventas promociónales reguladas en la Comunidad Valenciana: los saldos, las liquidaciones, las ventas con descuento y las rebajas, exigiéndose para cada modalidad distintos requisitos.
La oferta final de las rebajas sólo podrá anunciarse durante los últimos días.
Los productos rebajados deberán formar parte de las existencias del establecimiento como mínimo con un mes de antelación a la fecha de inicio de las rebajas.
Tanto en la publicidad como en la presentación de los productos se exhibirá junto al P.V.P. habitual, el P.V.P. rebajado.
El marcado de precios se realizará de tal manera que el consumidor no necesite de ninguna aclaración ni respecto al precio habitual, ni al rebajado.
Fechas
Las ventas en rebajas sólo podrán tener lugar como tales en dos temporadas anuales; una iniciada al principio del año y la otra en torno al período estival de vacaciones.
La duración de cada período de rebajas será como mínimo de una semana y como máximo de dos meses de acuerdo con la decisión de cada comerciante, dentro de las fechas concretas que fija la Orden de 15 de junio de 1998, de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio, por la que se delimitan las temporadas de rebajas en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Concretamente para las rebajas de este verano las fechas durante las que se puede ejercer esta venta promocional, con el tope máximo de dos meses, son las siguientes:
Fecha de inicio: 29 de junio de 2009 (último lunes laborable del mes de junio).
Fecha de finalización: 5 de septiembre de 2008 (primer sábado del siguiente mes de septiembre).
Publicidad e información
En los anuncios deberá especificarse la duración y, en su caso, las reglas especiales aplicables.
Cuando las ofertas especiales no comprendan al menos la mitad de los artículos puestos a la venta no se podrán anunciar como una medida general, sino referida exclusivamente a los artículos o sectores a los que realmente afecte.
Existen servicios no obligatorios por parte de los comerciantes, pero que si los ofertan o generan expectativas ante el consumidor con la información o publicidad deben prestarse, por ejemplo la aceptación de cambios o devoluciones, o el uso de tarjeta.
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