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EL SEIS DOBLE
domingo, 15 de enero de 2012
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 Medidas tributarias adoptadas por el Real Decreto 20/2011

Información facilitada por la Asociación Empresarial de Alzira


 

El pasado 31 de diciembre se publicó el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre de 2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

 

Las principales medidas en materia tributaria adoptadas son las siguientes

El tipo impositivo del impuesto de bienes inmuebles aumenta de forma transitoria y excepcional para los periodos impositivos iniciados en 2012 y 2013 en función de la última ponencia catastral realizada en el municipio de la siguiente forma:

Para ponencias anteriores a 2002: se incrementa el tipo en  un 10%

Para ponencias realizadas entre 2002 y 2004: se incrementa el tipo en un 6%

Para ponencias realizadas entre 2008 y 2011: se incrementa el tipo en un 4%

Este incremento transitorio no afecta a los inmuebles residenciales a los que les resulte de aplicación una ponencia de valores aprobada en el 2002 o posteriores y que pertenezcan a la mitad con menor valor catastral del conjunto de inmuebles del municipio. Exceptuando a aquellos cuyas ponencias se hayan efectuado entre 2005 y 2007.

 

Se prorroga el tipo reducido del 4% del Impuesto Sobre el Valor Añadido para las adquisiciones de primera vivienda a todo el 2012.

 

Recuperación de la desgravación en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con carácter retroactivo desde el uno de enero de 2011, de un 7’5 % de los gastos originados, con una base máxima de deducción de hasta 9.040 euros anuales.

 

Establecimiento de un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para los periodos impositivos de 2012 y 2013 según la siguiente tabla (que coincide con la del incremento de tipo para las retenciones), aplicable a partir de febrero de 2012:

 

 
 

Establecimiento de un gravamen complementario a la base liquidable de ahorro de rentas de capital, para los periodos impositivos 2012 y 2013, según la siguiente escala, aplicable a partir de enero de 2012:

 

 
 

Se prorroga para 2012 el tipo reducido del Impuesto sobre Sociedades por mantenimiento o creación de empleo aplicable a microempresas (cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y plantilla media inferior a 25 empleados) según las siguientes correspondencias:

Para bases imponibles de 0 – 300.000 euros, el tipo del impuesto sobre sociedades será del 20%

Para el resto de bases imponibles el tipo del impuesto sobre sociedades será del 25%.

 

Correlato de la medida 6 al impuesto de la renta de las personas físicas a través de la reducción del rendimiento neto de actividades económicas, para aquellos contribuyentes que en los periodos impositivos de 209, 2010, 2011 y 2012 ejerzan actividades cuyo importe neto de cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados. En este caso, podrán reducir en un 20% el rendimiento neto positivo declarado fiscalmente siempre que mantengan o creen empleo durante dichos periodos impositivos.

 

Información facilitada por la Asociación Empresarial de Alzira.

 

Normativa    

 


                            

 .-000018                                                                                                                                  .-000002
                           
 .-000064                                                                                                                                  .-000012
                           

 .-000123                                                                                                                                  .-000021 


 

 

 

 

El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

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