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EL SEIS DOBLE
lunes, 20 de enero de 2025
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 Cartas al director
Desigualdad de trato en el aparcamiento de vehículos en la zona del mercado de los miércoles

"El inspector municipal no existe y la policía local ni está ni se le espera"



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Un miércoles más (15-01-2025), los mercaderes pueden aparcar sus vehículos libremente en las plazas que no hemos podido estacionar los vecinos del barrio, cuando la ordenanza reguladora del mercado de los miércoles lo prohíbe. 
 
El inspector municipal no existe y la policía local ni está ni se le espera. ¿Por qué existe esa condescendencia para con los mercaderes y no para con los vecinos?.
 
Si se te olvida estacionar tu vehículo una semana, de las 52 que se monta mercado, los mercaderes llaman a la policía local y esta retira el vehículo. ¿Por qué no lo hacen también con las furgonetas de los mercaderes?.
 
Los vecinos de la calle Pere Morell y adyacentes estamos sufriendo las restricciones de estacionamiento, tanto de los miércoles, como los días  de los partidos de futbol sala.
 
Es hora que desde el Ayuntamiento se ponga coto a este trato de favor, aunque dudo que muevan un dedo.
Raúl Ull Perucho
 
 
 
 
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El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

Comentarios de nuestros usuarios a esta noticia

juanes - 20/01/2025
Lo que tienen que hacer es quitar el mercadillo de esas calles, que ya va siendo hora de dejar de incordiar a los ciudadanos, que sitio para poner el mercado hay de sobra, lo que parece ser es que nadie quiere verlo.
SEBASTIÁN - 20/01/2025
Sr Ull, ¿y no es más cierto que Ud y sus familiares aparcan en vados privados pq el dueño de los mismos se lo permiten? habría que llamar también a la policía en ese caso, aunque alomejor son amiguetes suyos ¿verdad? ¿Trato de favor?...alomejor es el que le dan a Ud. Lamentable!!!
Raúl Ull - 21/01/2025
Sebastián, que hay de malo en aparcar en un vado de tu propiedad o en el de otro si te lo permite. Si usted conociera las ordenanzas, sabría que puede aparcar en un vado y si no es a requerimiento del titular para sacar o meter el vehículo, por mucho que llame a la policía no se interviene. También me gustaría, ya que parece conocerme, que tuviera la gallardía de identificarse y poder explicárselo en persona, y no acusarme de trato de favor alguno.
Estoy hablando de un problema con los puestos del mercado y para con los vecinos.
juanes - 21/01/2025
Alguien se ve, que no ha pensado que mientras unos tienen permitido aparcar en ciertos vados, están dejando un sitio libre, para que pueda aparcar otra persona, quiza quien se está quejando de esto.
Manolo Escobar - 21/01/2025
Raúl Ull, en el RGC (Reglamento General de Circulación), en su artículo 91 prohíbe el estacionamiento cuando se obstruye el acceso normal de entrada o salida de un edificio con un vado correctamente señalizado. Esta normativa busca garantizar la fluidez del tráfico y el acceso a las propiedades. Estacionar en un vado puede resultar en multas significativas y la posibilidad de que el vehículo sea remolcado hasta el depósito municipal.
Por lo tanto, la licencia de vado confiere al titular el derecho de acceso a su propiedad, pero no el de ocupar el espacio público designado como vado en la vía pública. Por ello, aún siendo el propietario, no tiene derecho a estacionar en su propio vado.
SEBASTIÁN - 21/01/2025
Sr Ull, lamentablemente es Ud muy conocido xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. Sus referencias no son lo suficientemente adecuadas como para que yo tenga que rebajarme y demostrarle nada a Ud. Faltaría más!
Juanito Valderrama - 21/01/2025
Raúl Ull, como te ha dicho Manolo Escobar delante de un vado NO se puede aparcar, aunque sea de la propiedad del conductor del vehículo, porque lo que se paga el derecho de paso desde la calzada (pasando por la acera, al garaje), no el derecho a aparcar.
Y como vas de listo, tú si que no conoces las ordenanzas.


ORDENANÇA MUNICIPAL REGULADORA DE LES CARACTERÍSTIQUES TÉCNIQUES DELS GUALS DE VEHICLES EN DOMINI PÚBLIC LOCAL DE SECTORS INDUSTRIALS O DE SERVICIS

Artículo 8, punto 5.
Davant dels guals no podrà estacionar-se cap vehicle, ni tan sols els del titular o titulars de la llicència, durant l’horari concedit. Es permetrà la parada de vehicles davant dels guals, sempre que en el vehicle es trobe el conductor, a fi de desplaçar-lo en el cas que es necesite utilitzar el gual.

Otra cosa es que Alzira sea la casa de tócame Roque y que la policía haga la vista gorda.

De nada.
Cronista - 21/01/2025
Ramón Ull, solo un consejo........... Si no sabes lo que es un vado por favor infórmate y no hagas el ridículo.
Un vado te da permiso para usar la vía pública y poder acceder a tu vivienda, no para que tu tengas el aparcamiento reservado porque es tu amiguete

alziro - 21/01/2025
Efectivamente como dicen Manolo y Juanito, legalmente no se puede aparcar ni en tu propio vado. Y aunque la policía puede actuar de oficio, en la práctica rara vez lo hacen a no ser que el propietario llame diciendo que hay un tercero bloqueándole la entrada al garaje. Eso o que el propietario llame para denunciarse a sí mismo.

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