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EL SEIS DOBLE
miércoles, 4 de junio de 2025
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 El Comité de Empresa de la Ribera solicita la mediación de la inspección de trabajo para evitar la huelga

Mediante una solicitud dirigida a la subdirección general de Relaciones Laborales y Cooperativismo



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El Comité de Empresa del personal laboral subrogado de la Ribera, ha solicitado la mediación de la Inspección de Trabajo para intentar un acuerdo que evite la huelga programada para los días 12 y 13 de junio en el Hospital de la Ribera y sus Centros de Salud. Esta solicitud viene dada por el incumplimiento del precepto legal de negociar de buena fe un acuerdo que posibilite la desconvocatoria de la huelga que, en nuestra opinión, hasta el momento no ha cumplido la Conselleria de Sanidad, desaprovechando la oportunidad que tuvo el pasado 26 de mayo, en el Tribunal de Arbitraje Laboral.

 

Extracto de la solicitud presentada:

 

A/A SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES LABORALES Y COOPERATIVISMO
Asunto: Propuesta de Mediación para negociar acuerdo de salida de huelga

 

Que el pasado día 19 de mayo, el Comité de Empresa de la Ribera registró comunicación de convocatoria de huelga en el departamento de salud de la Ribera para el personal laboral a extinguir del meritado Departamento.
Que según recoge el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo (Ley de Huelga) en su artículo ocho:
…“desde el momento del preaviso y durante la huelga, el Comité de huelga y el empresario, y en su caso los representantes designados por los distintos Comités de huelga y por los empresarios afectados, deberán negociar para llegar a un acuerdo,…”
 
Y en su artículo nueve:
“La Inspección de Trabajo podrá ejercer su función de mediación desde que se comunique la huelga hasta la solución del conflicto.”
 
Que el pasado día 26 de mayo, dando cumplimiento a lo dispuesto en nuestro Convenio Colectivo, se produjo un acto de mediación ante el Tribunal de Arbitraje Laboral de València, en el que la Conselleria tras hacer acto de presencia,  manifestó que no está obligada a acudir ante esta institución, no reconociendo al T.A.L. como entidad mediadora en la huelga referida en el punto primero del presente escrito. El acto finalizó sin avenencia, sin que la Conselleria manifestara propuesta alguna de negociación, ni tampoco su disponibilidad para tratar de llegar a un acuerdo amistoso que pudiera suponer el fin de la convocatoria de huelga.
Desde el Comité de Empresa entendemos que no se está cumpliendo hasta el momento la normativa que regula el derecho a la huelga por parte de nuestro empleador, en este caso la Conselleria de Sanidad.
 
Forma parte de los cometidos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la conciliación, mediación y arbitraje de aquellas materias del orden social reguladas en la Ley 23/2015 Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, articulo 1, y articulo 12.3.
  
Por lo anteriormente expuesto,
  
SOLICITA
 Que se tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo y que en base a lo indicado en la parte expositiva,  solicitamos por parte del Comité de Empresa del personal Laboral a extinguir del Departamento de Salud de la Ribera, la mediación de la inspección de Trabajo y Seguridad Social para intentar un acuerdo de salida de huelga con nuestro empleador.
Desde el Comité de Empresa proponemos al inspector de zona que nos corresponda.
Atentamente, Comité de Empresa

 

 

 

El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

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