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EL SEIS DOBLE
jueves, 13 de octubre de 2016
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 ‘Pulso económico’ | Por: Carlos Yago
Por no haber revisado los valores catastrales, los contribuyentes de Alzira pagarán más en la renta de 2016

"Del 1'1% anterior se pasará ahora a imputar el 2% como ingreso o renta presunta a partir de la segunda vivienda. Casi el doble


 

 

Pulso económico" es un programa de Carlos Yago, economista y abogado. En este espacio tratará temas relacionados con la economía y la política de Alzira.

 

"No sé quién hace de tapón en el Ayuntamiento para que no se haga una revisión catastral".

"Se están basando en valores del año 2004, cuando ahora los inmuebles valen bastante menos".

"En la declaración de la renta de 2016, por no haber revisado los valores catastrales, los contribuyentes van a sufrir un incremento de pago. A los segundos y posteriores inmuebles que no son vivienda habitual se les imputaba un 1'1% en los valores revisados; a partir de ahora, los inmuebles que no hayan sido revisados en los 10 años últimos imputarán el 2% como ingreso o renta presunta".

"Por no revisar los valores catastrales, el señor Diego Gómez está perjudicando a los alzireños".

"Que nos explique el alcalde de una vez porque no se revisan los valores catastrales".

Mucho más en el audio que hay debajo de estas líneas.

Carlos Yago

 

 

 

 

 

El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

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Comentarios de nuestros usuarios a esta noticia

anarco - 13/10/2016
Queridos contertulios el alcalde titere por el si que lo haria, el problema es que el no manda en el ayuntamiento esta totalmente manejado y hay efectivamente un tapon que lo para todo,lo han puesto de cara amable para las procesiones y para llevarse las criticas si da la cara.
Doctor - 13/10/2016
Tan malo es el Alcalde títere como su equipo. esto es como la " Banda del Empastre", cada músico toca una partitura distinta y el director pinta muy boco, al final hacen buena música pero no es el caso de nuestro equipo de gobierno. A la batuta: Diego, al trompón :Ivan; A la Fluta : Albert, percusión : Fernando; Sordina : Marina, Trompeta : Carreres, Oboe: sara, platillos : Isabel, saxo ( y no es un coche): Inmaculada, Clarinete: Aida, partituras Pepe Grau y clek : ciudadanos. Los del PP escuchan
viejo - 13/10/2016
Te equivocas Carlos, los damnificados no son los alcireños, son ALGUNOS alcireños, sobre todo, los que tienen más de dos casas y aquellos que su patrimonio supera el millón de euros.
Esto confirma mi anterior apreciación, "estás defendiendo los intereses de los ricos para fastidiar a los más necesitados".
saludos.
El Prelado - 13/10/2016
Los damnificados son todos aquellas personas que posean dos viviendas sin distincion de patrimonio o cuentas en el banco, esta bien claro que la falta de capacidad de nuestros politicos, nos lleva a pagar mas a las arcas del estado que no las municipales.
El pequeño ahorrador que despues de trabajar toda su vida tiene otra vivienda como inversion pagara el pato y los que tienen patrimonio de mas de un millon de euros esos no pagaran, ni pagaran nunca, saben como hacerlo.
Carlos - 13/10/2016
Sr viejo, vd como siempre le da igual todo lo que se diga. Un Alcalde debe velar por sus ciudadanos, y aunque los perjudicados sean unos u otros, en este caso tengan dos viviendas o 100, son ciudadanos de Alzira, y hacerles pagar más al Estado no se sabe porqué no tiene razón de ser. (Los que supera su patrimonio 1.000.000 de euros si lo tienen en efectivo estas medidas no les afectan para nada, solo a los que lo tienen en inmuebles). Sigo reiterando mi pregunta, porqué no se hace la revisión catastral? sr Diego Gómez haga su trabajo, que por ello cobra y díganos porqué no se hace y obliga a pagar el doble a sus conciudadanos sin ningún motivo. En otro caso las urnas lo lanzarán a donde se merece ya que vd promeió hacerla y por eso le votaron. Y le digo que es vd un mentiroso político. O díganos cual es la razón.
Amparo - 14/10/2016
Sr. viejo, como verá hasta la fecha he estado de acuerdo con sus opiniones, aunque no en los adjetivos utilizados, respecto de la bajada/igualación del coeficiente de aplicación en el IBI de este año y que ha favorecido solo a los propietarios de las viviendas con mayor valor catastral y los que más vivendas tienen. Estos días, preguntando a profesionales de estos temas y por las afirmaciones del Sr. Yago, me han explicado que el Ayuntamiento en base a la legislación a aplicar en las entidades locales tenía que tener un único coeficiente de aplicación al IBI. Si habian dos coeficientes es porque la ley de Montoro del 2012 así lo obligaba. Esa ley era para 2012/2015 y al quedar anulada se pasaba automáticamente a aplicar la ley de régimen local, que solo permite un solo coeficiente. Estoy intentando recabar más información pero igual Ud. tambien lo puede ver. Gracias por sus comentarios a veces tan certeros.
Amparo - 14/10/2016
Sr. Carlos, vamos a ver, tengo la impresión de que en este tema en especial, está Ud. siendo más repetitivo que el ajo y ello en mi experiencia de los muchos años que tengo, lo más probable es que tenga algunos asuntos pendientes con los Srs. Gomez y Furió y como no los soluciona, aprieta con otros temas y que incluso los ha tratado con ellos. Le soy sincera, no me cuadra tanta animadversión. En cuanto al tema de este comentario y el de días anteriores, Ud. ha caido en una contradicción importante. En el comentario suyo de hace unos días, en una contestación a mi comentario Ud. expresó lo siguiente: " Pero para que vea que no le guardo rencor le dare una lección matemática de otra de las cosas que vd dice, ya que a veces como vd dice hay que informarse de los temas antes de hablar. El IBI se paga con esta formula Valor Catastral* coeficiente puesto Ayuntamiento. Igual resultado obtenemos si rebajamos el 8% de una de estas dos formas. 1/ Valor Catastral*0,92*coeficiente Ayuntamiento o 2/Valor catastral* coeficiente Ayuntamiento*0.92." Y yo le contesté: "Creo que este viaje Ud. mismo ha entrado en contradicción, ya que si según su inteligente lección matematica, es lo mismo rebajar el 8% del coeficiende de aplicación, que rebajar el 8% del valor catastral, para qué viene pidiendo tanto tiempo que se realice la revisión catastral?. Ve esto es una simple observación de una persona que no tiene estudios, pero que se fija en lo que se dice y pregunta. Según lo que yo tengo entendido, el rebajar la valoración catastral de las propiedades sirve para el IBI y para otros impuesto que pagamos y rebajar el 8% sobre el coeficiente a aplicar solo sirve para el IBI".
Como ve, las ofuscaciones en algún tema a veces nos llevan a deslices poco recomendables. Algunos comentarios sobre sus posiciones. Es curioso como cualquir comentario que le realice algún comentarista y que le diga lo que a Ud, le gusta, sin ninguna prueba de nada, se lo cree y lo da por bueno y si el gobierno municipal explica publicamente que fue la propia oficina catastral quien aconsejó a este ayuntamiento y otros de la comarca, que no era buen momento para solicitar la revisión catastral, Ud. no se lo cree y además lo critica incluyendo alguna que otra descalificación. Curioso no. Si la noticia que se ha conocido hoy sobre la posibilidad que en un plazo corto se prorrogen los presupuestos generales del estado, se confirma, en mi opinión, se podrá aplicar la rebaja del 8% de los valores catastrales acordada con la oficina catastral para 2017. Si eso ocurre se habrá solucionado ese problema que le afecta tanto, según Ud., a los ciudadanos de Alzira y que el Sr. viejo se lo ha matizado muy bien y en consecuencia se seguirá aplicando el coeficiente 1,1, ya que se habrá producido una rebaja catastral. De todos modos le aclaro otra de sus manías y es que la revisión catastral no tiene carácter obligacional, ya que tiene que ser pedida y si no se pide, no pasa nada. Si fuera como Ud. dice este ayuntamiento y otros muchos en parecidas circunstacias, ya estarían expedientados por Hacienda o por quien corresponda. Tiene que intentar ser un poco más serio en sus comentarios y acusaciones y no dejarse arrastrar tan fácilmente por lo que le aplauden con las orejas. Gracias por sus comentarios
viejo - 14/10/2016
Amparo, por no desairarte, emplearé adjetivos más acorde a tus consejos:
"Esta tropa de ineptos ignorantes, con sus incompetentes medidas sobre el IBI, solo han contribuido a aumentar la fractura social, consiguiendo que los ricos sean un poca más ricos y los pobres algo más pobres".
¿Te parece mejor así?
viejo - 14/10/2016
Carlos, deberías saber que estás hablando del chocolate del loro, según INE el precio de la vivienda entre 2004 y 2016 ha bajado alrededor del 5%, lo que repercute en unos pocos euros respecto a la renta, que perfectamente se compensa con la bajada del IBI del 6% a las viviendas más caras.
Carlos - 15/10/2016
Sr viejo, cualquier perito inmobiliario le podrá confirmar lo que yo le digo , y la bajada estimada por estor técnicos en las viviendas en Alzira es aproximadamente del 40%. que es una cantidad importante. Amparo, porqué no es buen momento para solicitar la revisión catastral, a mi lo que me pasa es que me gusta que se me digan las cosas con argumentos, no porque lo ha dicho uno de Catastro que no sabemos ni quien es ni porqué lo dice. Por otra parte la aplicación del 8% no implica el que el inmueble esté revisado y por tanto la imputación será del 2%, supongo que estas ideas las saca vd de su cosecha particular y no se las está diciendo algún tecnico, ya que en ese caso cambie de asesor. Le transcribo la Ley IRPF " en el caso de inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido objeto de revisión, modificación o determinación mediante un procedimiento de valoración colectiva de caracter general, de conformidad con la normativa catastral y hayan entrado en vigor en el periodo impositivo o en el plazo de los diez periodos impositivos anteriores, la renta imputada es del 1.1% del valor catastral" en Alzira la revision catastral entro en vigor en 2.005 luego en 2.016 deberemos imputarnos el 2% en lugar del 1%.
Carlos - 15/10/2016
Por otro lado le voy a transcribir la Ley del Catastro RDLegislativo 1/2004 , en su artículo 28 dispone sobre el procedimiento de valoración colectiva, 3b) "... solo podrá iniciarse una vez transcurridos al menos 5 años desde la entrada en vigos de los valores derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general y se realizará en todo caso, a partir de los 10 años desde dicha fecha." Parece claro la obligación legal de realizar la revisión catastral otro caso es que mientras nadie impulse la sanción se esté permitiendo a los Ayuntamientos el no hacerla, pero ya puede vd leerlo y no es una opinión sino una Ley. Espero que me diga si lo que ahora le rebato le parecen manias o argumentos serios. Y de verdad le digo que no tengo nada en contra del sr Diego Gomez ni de Albert Furió. Un saludo sra Amparo
Amparo - 16/10/2016
Sr. Carlos, se da cuenta como razonando las cosas el debate es mucho mejor y sirve para que los ciudadanos que lo leen pueden montarse su propia opinión. En cualquier caso, está muy bien que indique los párrafos de la ley, y eso si pueden ser argumentos y no sus anteriores opiniones, pero convendrá conmigo que todas las leyes son interpretables y por eso hay abogados, economistas, arquitectos, etc. y tribunales, por lo tanto, Ud. hace una interpretación y otros profesionales hacen otra interpretación y en consecuencia hay que esperar a ver que interpreta el organismo competente o el juez correspondiente. Ud. en bastantes ocasiones, cuando se equivoca, no contesta a lo que le criticamos y a continuación desarrolla otros argumentos para despistar, como por ejemplo sigue sin contestarme a las contradicciones que le he indicado. Si no tiene nada en contra del los Srs. Diego y Furió lo disimula muy bien, ya que sus escritos están llenos de insultos y faltas de respeto y aunque no le guste el Sr. Diego es su alcalde. Lo de que no es un buen momento, lo de no poner en marcha la revisión catastral, no lo ha dicho UNO DEL CATASTRO, si no lo ha dicho el director general de la oficina catastral de Valencia y supongo, que algo sabrá ese señor que no solo ha convencido a este ayuntamiento, si no a otros de la provincia. Entonces a quien hay que hacerle más caso a ese Sr. o a Ud. que parece ser el más listo de la clase. Eso, en mi opinión es ser un arrogante y un irrespetuoso. No le parece un poco raro que según Ud. tiene carácter obligacional la aplicación de la revisinón catastral, que no haya ningún ayuntamiento denunciado cuando hay algunos que no la han realizado en cerca de 20 años. Eso tambien es interpretable, ya que la ley no lo expresa de forma taxativa, pero claro, como a Ud. le interesa más y no está nada claro el porqué, que se entienda como un fallo grave su no aplicación inmediata, pues a machacar. Pero tranquilo, que tarde o temprano se conocerán los motivos de sus exageraciones y descalificaciones. Gracias por sus comentarios y sus últimas aclaraciones, aunque le faltan algunas.
viejo - 16/10/2016
Carlos, espero que tu insistencia en la revisión catastral sea por ignorancia y no por mala fe.
En la HAP 1552/2015 de Septiembre, sale la relación de municipios valencianos a los que se les aprueba la revisión catastral, y de la cincuentena de municipios valencianos, no hay ninguno cuyo anterior revisión fuera del 2004. Para explicar esta circunstancia, unos pocos dias después sale una nueva disposición en el BOE, la LEY 48/2015, en la que se establece los coeficientes de actualización del catastro, en los que se puede ver claramente que la actualización del catastro para el periodo 2004-2016 es 0.
Ya ves, Carlos, aquí se viene con los deberes hechos, ya que de lo contrario te pueden sonrojar la cara.
saludos.
Carlos - 17/10/2016
Amigo viejo, yo que tu me miraría los temas un poco antes de ofender a las personas de la forma que tu lo haces, aunque no ofende quien quiere sino quien puede y no es tu caso. En primer lugar la Orden HAP 1552/2015 no es esta sino la 1952/2015, y lo que dice es que los Ayuntamientos que soliciten antes de 31 de Mayo la aplicación de coeficientes para actualizar el valor catastral, se les aprobará esta actualización de acuerdo a lo que determine el catastro. Por otro lado si lees la Ley 48/ 2015, lo que dice es que se deben aplicar los coeficientes a los municipios en función de la entrada en vigor de la actualización del catastro, y en el caso de Alzira la entrada en vigor es en 2.005 y puedes ver el coeficiente a aplicar es del 0.92 sobre los valores catastrales, o sea una rebaja del 8%. Espero tus disculpas, ya que atreverse a decir todo lo que tu me dices, también demostrarías un poco de educación si pidieras disculpas por llamarme ignorante, no hacer los deberes e intentar sonrojarme la cara. En otro caso valga para ti todo lo que tu me dices.
viejo - 18/10/2016
Carlos, ¿A quién quieres engañar?.
Sabes perfectamente que es culpa del PP el que no se haya hecho la revisión catastral del 2016. Sabes perfectamente que Lahuerta tenía la obligación de haber solicitado la revisión catastral antes del 31 de Mayo del 2015 para que hubiera sido aprobada. Sabes perfectamente que cuándo los ciudadanos afectados hagan la declaración de la renta y patrimonio del 2016 y tengan que rascarse el bolsillo, una parte será debida a la mala gestión del gobierno de Elena Bastidas.
En cuanto a la revisión para el 2017, es posible que tenga razón Amparo y que desde el catastro hayan desaconsejado la revisión, ya que según todos los indicios, para las revisiones solicitadas en el 2004 para el ejercicio 2005, como es el caso de Alzira, no tendrán revisión. De todos modos, esto lo sabremos por medio del BOE las próximas semanas, y será entonces el momento de reflexionar sobre el tema, siempre y cuando la próroga de los PPGG no influya en las revisiones catastrales.
También habrás podido comprobar que las revisiones y actualizaciones del catastro, las hacen los técnicos del Estado y no suelen basarse en la opinión del chico de la inmobiliaria de la esquina, que por cierto, hace tiempo que cerro y su lugar es ocupado por una verdulería.
saludos.
viejo - 18/10/2016
Amparo, cuanto más insistes en explicar la bajada del IBI a los más ricos, más declaras como mentiroso al concejal de Hacienda. Repásate su discurso de verano del 2015 cantando las alabanzas de la bajada de impuestos a los ricos.
saludos.
Amparo - 18/10/2016
Sr. viejo me he leido el discurso, lo escuché en directo y hablé personalmente con él y le dije que no me pareció correcta la decisión tomada y posteriormente he vuelto a hablar con él sobre la posibilidad de que con el rebaje previsto del 8% de los valores catastrales, se volvieran a plantear otra vez coeficientes diferentes para según los valores catastrales y comentamos que lo iba a estudiar. A partir de ahí es cuando hablando con un amigo que conoce muy bien estos temas, es cuando me aclara lo del cambio de la ley de Montoro y que, de momento, parece ser que no es posible legalmente el volver a establecer diferentes coeficientes y eso es lo que yo te planteé en un comentario mio, pidiendote si querías verlo por saber si es cierto o no y a eso no me has contestado. Yo siempre he sido más partidaria de preguntar y aprender que de faltar al respeto a las personas. De tus opiniones siempre aprendo, pero tenemos una pequeña diferencia con las expresiones. Gracias por tus comentarios.
viejo - 19/10/2016
Amparo, no entiendo tu función de correveidile municipal, lo decente en un país decente, es que cada concejal conteste a los ciudadanos, sin intermediarios y, con leyes y disposiciones, que podamos ver y calibrar. Todo este marujeo de "hablo con un amigo que sabe",, "me han contado", "me ha dicho", etc. sobra en un estado de derecho.
Llamar mentiroso al que miente, hipócrita al que dice lo contrario de lo que siente o ignorante a quién no tiene ni puñetera idea, es un ejercicio sano y conveniente para la salud pública y de las instituciones.
Pdta. Por tu forma de escribir y tus expresiones, me recuerdas a un tipo que escribía por estos lares y que, tras ser censurado por el administrador debido a insultos, se largó con el rabo entre piernas. En este caso la expresión no sería la de correveidile, sería más apropiada la de "sinagües".
saludos.
Carlos - 19/10/2016
Pues si aprendes de las opiniones de viejo aviada vas Amparo. Porque cuando le demuestro con Leyes a el y a ti, en lugar de pedir disculpas, lo que hace es seguir empecinado en su cantinela de siempre por ello le digo como ya le dije, ignorante, no hace los deberes y le puedo sonrojar por ello y sobre todo por mal educado. Me gustaría saber quien es el técnico del catastro que dice las barbaridades que esta gente dice, ya que decir que lo dice un técnico sin comentar nombre ni razones no parece ningún argumento. Y la bajada de valor de los inmuebles eso lo sabe cualquiera que tenga un inmueble y trate de venderlo, no "el chico de la inmobiliaria de la esquina", pero ese chico también.
Amparo - 19/10/2016
Sr. viejo es una pena que al final haya sacado su mala educación a relucir, con lo bien que estaba quedando. Su estado de derecho cual es, apuntar normas que no expresan lo que Ud. afirma, venga ya, hay que ser un poco más humilde y no estar creyendose en bastantes casos el ombligo del mundo. No se a que se refieres con su Pdta. ni me importa, soy una persona libre que opina por su cuenta y con la misma libertad que Ud. con la diferencia que como no tengo estudios como Ud. me gusta preguntar, aprender y razonar y no tengo por costumbre aprovecharme de las aportaciones que me hacen algunas personas y pasarlas como opiniones o conocimientos propios, lo entiende. Ya veo que a Ud. estas cosas le importan un pimiento y le gusta humillar a las personas humildes, pero quede tranquilo que no lo va a conseguir. En cualquier caso, gracias por sus comentarios, cuando son realizados de forma más normal.
viejo - 19/10/2016
Carlos, te llamé ignorante en beneficio de la duda, porque creí que estabas opinando sobre lo que no sabías. Ya que dices que tienes conocimientos sobre lo que escribes, pasas a ser un embaucador. Sabes que la revisión ctastral se hace en el 2004 y se aplica en el 2005, ello nos indica que los datos del 2005 han sido tomados en el 2004, ¿Lo captas?.
Sabes que antes de 31 Mayo del 2015 se tenía que haber presentado la solicitud de revisión del catastro para que esta fuera efectiva en el 2016, por lo que solo pudo hacerla el Sr. Lahuerta.
Sabes que si pagamos un 8% más de IBI en el 2016 es por culpa de la negligencia de Lahuerta y Bastidas.
Sabes que si pagamos más en la renta y patrimonio del 2016, será por culpa de Lahuerta y Bastidas.
Y a pesar de ello, planteas como culpables al alcalde actual y a Furió.
En mi pueblo eso se llama intento de engañar al personal. ¿lo captas?
De hecho las dos primeras entradas en esta cuestión, atacan al tripartito y tú callas.
saludos.
Carlos - 20/10/2016
Sr viejo, creo que lo que vd manifiesta en alguna cosa es correcto y el sr Lahuerta y sra Bastidas son culpables de no solicitar la revision catastral y aplicación de coeficientes en su época. Ahora bien, dicho esto. No es cierto que ha pasado ya el 31 Mayo de 2016, y que este si es culpa del actual tripartito de no solicitar la revisión catastral, ni tampoco la aplicacion del coeficiente deflactador del valor catastral. Siendo el PP culpable de no hacerlo, lo cual me parece muy mal, creo que a quien debemos exigir que actúe ahora es al equipo del gobierno. Es por eso que les pedimos a los sres Furió y Diego Gomez que hagan su trabajo y pidan lo que corresponda para rebajar los impuestos a los ciudadanos.
viejo - 20/10/2016
Carlos, las revisiones catastrales, cuando las hay, las publican en el cuarto trimestre del año, esperemos unas semanas a que salgan, para juzgar la decisión de Furió y Diego Gómez, será el momento de evaluar sus decisiones y criticarlas si hubiere lugar..
saludos.

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