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EL SEIS DOBLE
lunes, 9 de noviembre de 2009
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 La OMIC de Alzira inicia hoy una campaña informativa sobre las hojas de reclamaciones en los comercios

Cuando un consumidor solicite una hoja de reclamaciones habrá que dársela en el mismo sitio donde la pida o en el lugar identificado como de información o atención al cliente


El Ayuntamiento de Alzira, desde la Oficina de Información al Consumidor, va a llevar a cabo a partir de hoy lunes, 9 de noviembre, una campaña informativa en todos los comercios alzireños, sobre las hojas de reclamaciones en los mismos. Personal de la OMIC que visite los diferentes comercios comprobará la existencia de las hojas de reclamaciones y del cartel que anuncia la existencia de las mismas.

En caso de que algún comercio no disponga de estas hojas de reclamaciones, desde la OMIC se les requerirá para que en un plazo máximo de diez días hábiles se provean de las mismas. Cabe destacar que todos los establecimientos de Alzira pueden proveerse de las hojas de reclamación en la misma Oficina de la OMIC de la localidad, previo pago de tasa en el PROP ubicado en el bajo del Ayuntamiento de Alzira.

El concejal de Consumo, Manolo Nebot, ha destacado: “Desde el Ayuntamiento de Alzira y desde la OMIC, mediante esta campaña, además de informar y comprobar que todos los establecimientos tienen las hojas de reclamaciones y el preceptivo cartel que anuncia su existencia, queremos concienciar y recordar a todos los comerciantes que el hecho de que un consumidor pida la hoja de reclamaciones en un momento dado, no implica necesariamente una sanción; sin embargo, el hecho de carecer de las mismas o negarse a entregarlas si”.

 

Extracto de la normativa

Todas las personas físicas o jurídicas titulares de un establecimiento o centros que comercializan bienes o prestan servicios a la Comunitat Valenciana, tendrán a disposición de los consumidores y usuarios hojas de reclamaciones.

Todas las personas físicas o jurídicas titulares de un establecimiento o centros que comercializan bienes o prestan servicios a la Comunitat Valenciana estarán obligados a exhibir al público, de forma bien visible, la siguiente rotulación: “Este establecimiento tiene hojas de reclamaciones a disposición de quienes la soliciten”.

Esta rotulación estará colocada en un lugar que resulte visible y legible. La medida de las letras será como mínimo de un centímetro y estará escrito en las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.

Cuando un consumidor solicite una hoja de reclamaciones habrá que dársela en el mismo sitio donde la pida o en el lugar identificado como de información o atención al cliente.

Para formular la queja o reclamación, el consumidor podrá, en cualquier momento, solicitar una hoja de reclamaciones. Tendrá que hacer constar su nombre, nacionalidad y el número del DNI o pasaporte, así como otros datos que vienen reflejados en el impreso. Habrá que explicar claramente los hechos que causan la queja o reclamación y concretar la pretensión.

Las direcciones territoriales, a través de sus servicios de consumo, justificarán la recepción de la queja y llevarán a cabo la mediación entre las partes. La desestimación de la reclamación entre las partes mediante la mediación causará que se archiven las actuaciones si no comportan ninguna infracción.

 

 

 

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